Cap.1. Imputabilidad -- Cap.2. Inimputabilidad -- Cap.3. La imputabilidad en la legislación penal colombiana -- Cap.4. La imputabilidad en el anteproyecto de Código Penal Colombiano -- Cap.5. La imputabilidad en el proyecto de 1976.
El delito es conducta típica, antijurídica y culpable: la primera de estas tres notas o características supone que la acción u omisión del hombre se subsuma en un tipo legal en donde se ha descrito previamente y en forma general un modelo de comportamiento dentro del cual cabe el hecho realizado ;la segunda indica que la conducta típica lesiona o pone en peligro sin justificación válida, aquel interés jurídico que el legislador ha querido tutelar mediante el tipo penal ; y la tercera precisa que el comportamiento típico y antijurídico o típicamente antijurídico, como alguna corriente doctrinal lo quiere, se ejecutó dolosa, culposa o preterintencionalmente, de tal manera que merece ser jurídicamente reprochado